Senado aprueba jornada de trabajo de 40 horas semanales

Senado aprueba jornada de trabajo de 40 horas semanales

El pasado 21 de marzo, el Senado aprobó el proyecto de Ley que reduce la jornada laboral a 40 horas. En este sentido, es necesario tener presente las cuestiones más relevantes que viene a modificar y a agregar dicho proyecto de ley.

  • En primer lugar, el proyecto modifica el inciso primero del artículo 22 del Código del Trabajo, reduciendo la jornada laboral de 45 horas semanales a 40 horas semanales.
  • Luego, respecto de los trabajadores que no están sujetos a jornada de trabajo, innova en que el Inspector del Trabajo, a petición de cualquiera de las partes, podrá resolver si la labor del trabajador es de las que no deben estar sujetas a jornada. Con esa resolución, podrá recurrirse ante el juez competente dentro de quinto día de notificada, quien resolverá en única instancia, sin forma de juicio, oyendo a las partes.
  • Además, modifica la jornada de los choferes de vehículos de carga terrestre interurbana y de servicios interurbanos de transporte de pasajeros, trabajadores que se desempeñen como parte de la tripulación a bordo de ferrocarriles, chofer o auxiliar de los servicios de transporte rural colectivo de pasajeros y trabajadoras de casa particular que no vivan en la casa del empleador.
  • Reduce la jornada parcial, correspondiente a dos tercios de la jornada ordinaria, a 30 horas semanales.
  • Regula que las madres y padres trabajadores de niños y niñas de hasta doce años, y quienes tengan a su cuidado personal, tendrán una banda de dos horas en total, dentro de la que podrán anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus laboral, determinando así también el horario de salida al final de la jornada. Además, en caso de controversia y a petición de cualquiera de las partes, el Inspector del Trabajo respectivo resolverá si esa determinada labor se encuentra en alguna de las situaciones descritas.
  • Finalmente, otorga la posibilidad de trabajar cuatro días a la semana y descansar tres y permite la posibilidad de compensar horas extras por feriado. En este sentido, cada hora extraordinaria corresponderá a una hora y media de feriado.

Según señalan los artículos transitorios, existe un plazo de hasta cinco años para que las empresas reduzcan la jornada de 45 a 40 horas semanales. Las demás modificaciones tendrán un plazo de un año para aplicarse.

Macarena Gajardo P.
+56 2 24706100
mgajardo@ivm.cl

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